El viático es la asignación diaria que debe anticiparse al agente para la atención de los gastos que ocasiona el desempeño de una comisión de servicio. Tal asignación comprende la atención de los gastos de alojamiento, manutención y conexos.
Fuente:
Artículo 98 Ley 643*
Artículo 1 Decreto 158/92*