Los gastos de movilidad son aquellos gastos que el personal tiene que realizar en cumplimiento de una comisión de servicios (gastos de pasajes, combustible, peajes, etc.), incluyendo también aquellos gastos justificados de naturaleza extraordinaria y que hagan al cometido del servicio público que origino la comisión (reparaciones de averías producidas dentro del itinerario, lavado del vehículo, etc.).

Fuente:

Artículo 1 Decreto 158/92*

 

 

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