El Formulario AFIP Nº 649 es una Declaración Jurada que confecciona el empleador para informar al Fisco el total de las remuneraciones, deducciones y retenciones efectuadas en el año calendario, o hasta la fecha de cese por baja o retiro. Dicho formulario se confecciona individualmente por cada empleado.

Corresponde entregarle una copia al empleado cuando:

  • Se trate de la liquidación anual por la que no se realizaron la totalidad de las retenciones. Dentro de los 5 días hábiles de presentada la información (nota más F.649) al Fisco;
  • Se trate de liquidación final por cese o retiro. Dentro de los 5 días hábiles de realizada la liquidación;
  • Lo SOLICITE el empleado.

En caso de verificarse diferencias entre el importe determinado en la liquidación anual y el monto efectivamente retenido, el empleador deberá ajustar reteniendo o, en su caso, reintegrando, el importe necesario. El momento de poner en práctica dicho ajuste será cuando se efectúe el próximo pago posterior o en los siguientes si no fuera suficiente, hasta el último día hábil del mes de marzo.

Cuando haya existido imposibilidad de retener el total del impuesto, se deberá confeccionar obligatoriamente el Formulario AFIP Nº 649 y presentarlo ante la AFIP DGI.

Los empleados a los que el empleador no les practicó la totalidad de las retenciones del impuesto se encuentran obligados a inscribirse, declarar y pagar su propia declaración.

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