El Poder Ejecutivo está facultado para actualizar los niveles de montos máximos previstos para esta modalidad de contratación. Actualmente, a través del Anexo I del Decreto Nº 1245/22, se encuentran establecidos dichos montos en cuatro niveles (A1, A2, A3 y A4), los que varían según la jerarquía del funcionario que autoriza y/o aprueba la contratación, existiendo además excepciones para determinado tipo de contrataciones y para ciertas jurisdicciones.
Como principio general, el monto máximo previsto para esta modalidad de contratación asciende a los $ 335.000,00 (siendo hasta el triple para el EPRC y hasta el cuádruple para la DPV -artículo 35 Decreto 1245/22- y el quíntuplo para la APE -artículo 23 inciso m, NJF Nº 1101).
Fuente:
Anexo I del Decreto Nº 1245/22
Artículo 35 del Decreto N° 1245/22
Artículo 23 inciso m NJF Nº 1101
Artículo 34 de la Ley Nº 3 de Contabilidad