Solo deberán presentar el F572 o F572 web, segun corresponda, para declarar los hijos, aquellos empleados que nunca hayan declarado sus hijos en el Departamento Ajustes y Liquidaciones (ya sea para cobrar asignaciones familiares o por otro motivo) y aquellos empleados que deban declarar otro familiar a cargo, es decir, cónyuge, madre, padre, suegro, etc.
A modo de ejemplo, si un empleado provincial esta cobrando las asignaciones familiares y declaró sus hijos a tal efecto, esa información se toma para impuesto a las ganancias, del mismo modo si no cobra las asignaciones familiares pero en algún momento desde que ingresó a trabajar informó los datos de sus hijos también se toman para impuesto a las ganancias. Sin embargo si nunca ha declarado los datos de sus hijos deberá presentar el F572 ante el Departamento de Ajustes y liquidacion o F572 web, segun corresponda, a efectos de que se deduzcan para el cálculo del impuesto.
Respecto de las demás cargas de familia, siempre deberán presentar el F572  o F572 web, segun corresponda, los empleados que quieran informar como familiar a cargo los siguientes familiares: cónyuge, nietos, bisnietos, padres, abuelos, bisabuelos, padrastros, hermanos, suegros, yerno y nuera, siempre que estén efectivamente a cargo y tengan ingresos inferiores a $3.526,50 mensuales.

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