Sí. La Orden de Provisión de Bienes y/o Servicios, aprobada por Resolución Nº 219/18, puede utilizarse para efectuar pagos referentes a las compras de combustibles a la Dirección Provincial de Vialidad, la contratación de servicios de policía adicional, todo tipo de tributo, tasa o contribución y obligaciones periódicas sean que surjan de contratos de adhesión o que, a criterio del Contador General, se consideren convenientes, sin límite de montos.

Fuente:

Artículo 13 del Decreto Nº 1245/22

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