Pueden adquirirse todo tipo de bienes y/o servicios, excepto aquellos que son provistos por Organismos Oficiales de la Provincia, como por ejemplo los bienes provistos a través del Sistema de Cuenta Especial del Departamento Compras y Suministros, trabajos de prensa, imprenta, etc.
Fuente:
Artículo 4 del Decreto Nº 900/56*