- Las adquisiciones cuyos montos estén comprendidos en el nivel A4 del Anexo I del Decreto Nº 1245/22, deben efectuarse mediante solicitud de cotización a tres oferentes del ramo como mínimo, pudiéndose adjudicar con una oferta válida.
No será necesario efectuar solicitud de cotización en los supuestos del artículo 34, inciso C, subincisos 1, 3 y 5 apartados b), c), d), e), f), g) y h) de la Ley Nº 3 de Contabilidad y sus modificatorias, hasta el límite superior establecido en el nivel A4 del Anexo I del Decreto Nº 1245/22 (COMPRAS DIRECTAS POR CONCEPTO, HASTA $ 335.000,00), de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Nº 1245/22. - En los casos en que específicamente el Decreto Nº 1245/22 así lo establezca (como por ejemplo, en la excepción prevista en el artículo 22 para la adquisición de medicamentos, materiales de curación, radiológicos, de laboratorio, odontológicos, leche e insumos; materiales protésicos y ortésicos, hasta la suma de $ 1.497.000,00).
Las solicitudes de cotización y los presupuestos de los oferentes invitados podrán realizarse mediante correo electrónico, debiendo los mismos ser fotocopiados y certificados por autoridad competente.
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