Contaduría General de la Provincia comunica que se ha puesto a disposición de todos los agentes de la Administración Pública Provincial un Instructivo explicativo del cálculo del "Impuesto a las Ganancias" y Formulario 572 de AFIP para la comunicación de las novedades referidas a dicho impuesto ante el Departamento de Ajustes y Liquidaciones de Contaduría General.

Formulario 572 ON LINE

Por RG 3418 AFIP del 21/12/12 se implementa el Formulario N° 572 "ON LINE" para aquellos empleados que:

  • La remuneración Bruta correspondiente al año calendario inmediato anterior al que se declara sea igual o superior a $250.000 (pesos doscientos cincuenta mil).
  • Computen como pago a cuenta del gravamen las percepciones que les hubieran practicado durante el periodo fiscal que se liquida por las compras realizadas en el exterior.
  • Cuando el empleador, por razones administrativas, así lo determine.

Los empleados deberán realizar la transferencia electrónica de datos con clave fiscal (deberán solicitar la clave en AFIP) antes del 31 de enero del año inmediato siguiente al que se declara y deberán presentar copia de la misma, antes del 10 de Febrero, en el Dto. Ajustes y Liquidaciones a efectos de que las deducciones informadas sean tenidas en cuenta para el cálculo del impuesto.
La mencionada Resolución entrará en vigencia a partir del periodo fiscal:
2012 inclusive: sólo para los beneficiarios que computen como pago a cuenta, el importe de las percepciones que les hubieren practicado en el exterior.
2013 inclusive: para el resto de los sujetos obligados.

Dto. Ajustes y Liquidaciones
Contaduría General de la provincia de La Pampa

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